El acuerdo
establece un aumento
salarial del 20%. Para la
base de cálculo de ambos
tramos del aumento se tendrá
en cuenta el básico de cada
categoría en los valores
expresados en Abril de 2017
(con el 12% de aumento
correspondiente al mes de
Octubre de 2016 ya
incorporado al básico).
-10% de aumento para el mes
de Abril de 2017. (NO
REMUNERATIVO hasta el 30 de
Junio de 2017 ).
-10% de aumento para el mes
de Julio de 2017. (NO
REMUNERATIVO hasta el 30 de
Octubre de 2017 ).
El presente acuerdo es
proporcional a la jornada
trabajada.
• Sobre las sumas que
resulten del acuerdo
previsto se aplicará el art.
40 del C.C.T. N° 130/75 (PRESENTISMO).
• A ambos tramos del
aumento, mientras mantengan
carácter no remunerativo, se
les aplicaran descuentos de
Obra social, y de los Arts.
100 y 101 del C.C.T. N°
130/75 (5,5%). |